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Gana el INE de Lorenzo

La Corte da palo a diputados e invalida el recorte al gasto del Instituto Electoral

01/06/2022 - 5:25 pm

La Suprema Corte invalidó el monto destinado al Instituto Nacional Electoral en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022.

Ciudad de México, 1 de junio (SinEmbargo).– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el presupuesto que la Cámara de Diputados asignó al Instituto Nacional Electoral (INE) para este 2022 y el cual se tradujo en un recorte de casi cinco mil millones de pesos.

“Se declara la invalidez del decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) para el Ejercicio Fiscal 2022 en lo concerniente al presupuesto asignado al Instituto Nacional Electoral, anexos 1 y 32 en el ramo 22, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2021”, dice el proyecto del Ministro González Alcántara Carrancá que fue aprobado por unanimidad de votos.

El Consejero Ciro Murayama celebró la decisión de la SCJN al defender la autonomía del INE.

“El INE gana controversia constitucional contra la Cámara de Diputados por el recorte al presupuesto de 2022. Ha valido la pena defender la autonomía y atribuciones del INE, así como acudir ante la SCJN reivindicando la vigencia del Estado de derecho”, escribió en su cuenta de Twitter.

La Primera Sala de la Corte declaró fundada la controversia constitucional que el INE presentó a finales de 2021 para impugnar el recorte de 4 mil 913 millones de pesos que los diputados impusieron a su petición presupuestal.

Advirtió que la Cámara de Diputados no motivó reforzadamente la modificación que hizo al anteproyecto que dicho Instituto presentó; aunado a que tal ajuste compromete las funciones de ese organismo constitucional autónomo, lo que podría traducirse en una violación de los derechos fundamentales de carácter político-electoral.

Al resolver el asunto, la Primera Sala advirtió que la Cámara de Diputados redujo en más de 26 por ciento el presupuesto solicitado por el INE, sin motivar la disminución referida.

En este sentido, el Alto Tribunal sostuvo que, si bien la Cámara de Diputados tiene la facultad exclusiva de modificar la cantidad originalmente solicitada por el INE, ésta debía ejercerse mediante la aplicación de un estándar de motivación reforzada que diera cuenta de las razones objetivas y justificadas para realizar una reducción. Lo anterior, al estar en juego la autonomía presupuestal de los órganos constitucionales autónomos y, en última instancia, la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía.

La Primera Sala de la Corte declaró fundada la controversia constitucional que el INE presentó a finales de 2021 para impugnar el recorte de 4 mil 913 millones de pesos que los diputados impusieron a su petición presupuestal. Foto: SCJN vía Cuartoscuro

De esta manera, la Primera Sala concluyó que la reducción que realizó la Cámara de Diputados para el ejercicio fiscal 2022 “careció de una motivación en la que se demostrara que los recursos asignados al INE eran, en principio, suficientes para pagar los gastos generados en cumplimiento de las obligaciones constitucionales de ese Instituto”.

A partir de estas consideraciones, la Sala declaró la invalidez del Presupuesto de Egresos 2022, en lo relativo a los recursos asignados al INE, e instruyó a la Cámara de Diputados para que analice y determine en sesión pública lo que corresponda respecto al anteproyecto de presupuesto presentado por ese organismo autónomo.

Asimismo, para que, de estimar procedente la autorización de recursos adicionales, adopte las medidas indispensables para que se haga la transferencia efectiva de los recursos a ese Instituto, o bien, en caso de que la decisión sea negativa, presente una motivación reforzada y con rigor técnico de su decisión.

La Primera Sala de la SCJN destacó que el hecho de que haya concluido el proceso de Revocación de Mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024, cuyos recursos para su ejercicio fueron previstos en el anteproyecto de presupuesto 2022, no puede ser motivo suficiente para que, en cumplimiento de lo ordenado en este asunto, la Cámara de Diputados decida negar los recursos originalmente solicitados por el Instituto Nacional Electoral.

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